Bromatología

LA ANMAT RETIRÓ DOS PRODUCTOS DEL MERCADO

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LA ANMAT RETIRÓ DOS PRODUCTOS DEL MERCADO
Ante cualquier inquietud sobre esos productos llamar al 011-4340-0800 interno 3526.
20 de Febrero de 2021

Se trata de lácteos que no cumplen con diferentes disposiciones que regulan a ese tipo de artículos.

A través de un comunicado la Dirección de Bromatología del Municipio de Villarino informó que "la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso el retiro de dos productos lácteos.


1º) Queso Mozzarella marca Lácteos Realicó 
RNPA N° 11002400
RNE N° 11000321
SENASA: En tramite
Lácteos Realicó de María Luz Traverso
Chacra 1. Parcela 5- Realicó- La Pampa.

2º) Manteca, calidad extra, marca SyS

Lote L: E66813
vto: 31 MAR 2019
RNPA N° 04056964
RNE 04001422
SENASA N° X-I-02251
Elaborada y envasada por SERVIO S.A.
Ruta N° 9, Km 556, Villa María, Córdoba.

En el primer caso la explicación oficial fue que la "Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la Provincia de Córdoba, a través del Incidente Federal Nº 1494 del SIVA, notificó que la Oficina de Bromatología de Marcos Juarez detectó la comercialización del siguiente producto: Queso Mozzarella marca ´Lacteos Realicó´, cuyos registros exhibidos en el rotulo son inexistentes, según lo indicado por el área de Bromatología de la Provincia de La Pampa mediante las consultas Federales Nº 2926 y 2927".

Por ello se solicita, "que en caso de detectar la comercialización de ese producto se proceda informando" a ese Instituto.

Por el segundo producto, desde la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria se expresó que "a través del Incidente Federal Nº 1495 del SIVA, procedió a la prohibición del transporte, comercialización y exposición en su jurisdicción del producto Manteca calidad extra, marca ´S y S´, debido a que no se corresponde con el perfil de grasas lácteas e infringiendo lo establecido en los artículos 1º, 3º, 6º inciso 7, 6º bis, 155º y 596º del Código Alimentario Argentino (CAA)".

Al respecto se solicitó "realizar el monitoreo del retiro del producto por parte de la empresa y, en caso de detectar la comercialización del mismo, se proceda a comunicarlo a la autoridad correspondiente".

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